jueves, 23 de noviembre de 2017

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL DU 012-2017 ALTO A LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA!!! NI UN PASO ATRÁS, LA LUCHA CONTINÚA!!!



DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS

LOS MAESTROS DEL PERÚ INICIAN LA EXPULSIÓN DEL INCONSTITUCIONAL D.U. N° 012-2017 PIDIENDO LA VERIFICACIÓN DE MÁS DE 10,000 FIRMAS ANTE EL J.N.E., POR CUANTO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PPK HA VIOLADO NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABORALES.
Verificado la valides de más de 5,000 firmas de adherentes por parte del J.N.E. y el RENIEC, los Maestros promoveremos los próximos días ante el Tribunal Constitucional el PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 012-2017, y las que por conexión también resulten inconstitucionales, al amparo de la Constitución Política del Perú; así como lo establecido en la Ley 28237, Código Procesal Constitucional y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Pretendemos la EXPULSIÓN del ordenamiento jurídico de este inconstitucional D.U., porque vulnera derechos fundamentales y laborales de todos los maestros del Perú, dando respuesta política contra el Estado peruano y su Gobierno de derecha mercantil de PPK, que se ha empecinado a pie juntillas a profundizar la flexibilización laboral y la explotación salvaje capitalista en contra del pueblo peruano y especialmente de los Maestros.


Aunque el Decreto de Urgencia dice: “El presente Decreto de Urgencia, tiene por objeto dictar medidas extraordinarias que debe observar el Gobierno Nacional y Los Gobiernos Regionales a fin de restablecer la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas publicas que impartan Educación Básica”, en realidad no se dictan medidas extraordinarias ni complementarias de la Ley, si no que se modifican, derogan derechos de libertad sindical, huelga, y derechos laborales, consagrados de los profesores del magisterio nacional, en materia laboral.


Así, si se deroga derechos laborales establecidos en Ley del Estado, ello sólo puede hacerse mediante ley del Congreso, debidamente formada y promulgada, y sin efectos retroactivos en virtud del mismo artículo en parte citada más abajo; nunca a través de Decretos, ni siquiera de urgencia, previstos sólo para materia económica y financiera, pues de otro modo se está abusando del derecho conferido al Presidente de la República en el numeral 19 del artículo 118° de la Misma Constitución. Y la Constitución no ampara el abuso del Derecho.

Por estas consideraciones, los maestros pedimos que se declare Fundada la Demanda, y en consecuencia, Declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Urgencia Nº 012-2017, así como de las normas conexas en cuanto que presten soporte a las agresiones constitucionales denunciadas, expulsándolas pura y simplemente del Ordenamiento Jurídico desde que fueron emitidas.
Lima, 15 de Noviembre del 2017.
Junta Directiva Nacional
Dpto. Legal De Maestros.
Informes: Prof. María Atoche, celular 997701307






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