martes, 26 de junio de 2018

LAS RAZONES DE NUESTRA HUELGA NACIONAL.INFORMATIVO Nro. 03


SUTE  LIMA  METROPOLITANA           

 INFORMATIVO Nro. 03

LAS RAZONES DE NUESTRA HUELGA NACIONAL.

Tras el inicio de la HNI 2018 el SUTE LIMA se dirige al magisterio de limeño para hacer de su conocimiento.

1.-El derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política (art. 28) y diversos Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. No es la causa del conflicto social, la huelga es una consecuencia de la aplicación de políticas económicas y laborales que vulneran derechos fundamentales como la estabilidad laboral, la sindicalización y la negociación colectiva. Las huelgas estallan cuando se acentúa el empobrecimiento económico y social del magisterio, reduciendo su condición a la de trabajadores sin derechos, atropellado un valor intrínseco de toda  persona, la dignidad humana. Aquel Estado que desconoce estas instituciones jurídico-laborales se coloca al margen de la ley y los Tratados Internacionales, convirtiendo en un instrumento opresor que los trabajadores debemos de resistir y rechazar con denuedo, con base en nuestra organización sindical.

2.-A raíz de la HNI-2017 el gobierno se comprometió a pagar la deuda social, destinando 200 millones de soles. Sin embargo, para el cálculo  de la bonificación por preparación de clases y otros, las UGELs vienen aplicando el D.S. Nro. 51-91-PCM  que crea la Remuneración Total Permanente en reemplazo de la Remuneración Total prevista por la Ley del Profesorado Nro. 24029, llegando a calcularse sumas irrisorias e ínfimas por estos conceptos. (S/. 2,500.00 por preparación de clases, S/. 123 por 20 años de servicios, etc.).

El MED de la mano con el MEF desacatan las sentencias del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema de Justicia que ordenan que el cálculo se haga mediante la  Remuneración Total, lo que determinaría un monto mayor, no ínfimo como el que se está pagando. En los hechos la promesa del gobierno es solo la política del “gato por liebre”. Se engaña al magisterio peruano, pues se paga estos beneficios económicos en montos absolutamente ínfimos. Demandamos el pago de las bonificaciones en base a la Remuneración Total, con lo cual se honre la deuda social del magisterio peruano.

3.-Mediante D.U. 007-2018 se autoriza al MED el descuento a los maestros en huelga y el pago de los docentes contratados convocados para reemplazarnos. Tal norma señala que los docentes reemplazantes solo cubrirán las plazas por los días en que se produzca la huelga, es decir, son contratos temporales. En ningún caso esto significa la destitución de los huelguistas porque para ello se requiere cumplir el proceso administrativo disciplinario, previsto en la propia Ley de Reforma Magisterial. Otra vez, el gobierno cabeceador y principal causante de la HNI  utiliza a los contratados para neutralizar el derecho de los maestros a demandar la solución del pliego de reclamos. ¿Le pagara el Estado cabeceador a los reemplazantes? ¿Es creíble un gobierno acostumbrado a desconocer los derechos económico-remunerativo de los  maestros, incluso de los contratados?

4.-El Estado peruano desafía abiertamente las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia que mediante sentencia Casación Nro. 3480-2014, Lima ha declarado la prohibición de los reemplazantes de trabajadores en huelga. Reemplazar a maestros huelguistas en una decisión ilegal y arbitraria que solo desnuda la esencia avasallante y abusiva del régimen. Maestro sutepista defiende con organización sindical en tu base y rechaza el ilegal reemplazo docente.

5.-Jamas hubo aumento real de remuneraciones al magisterio el 2017 como dice el Ministro Alfaro, por el contrario en primaria se incrementaron la jornada laboral a 35 horas y en secundaria a 32 y la remuneración mensual no llego a los S/. 2,000. Demandamos un aumento real de remuneraciones capaz de encarar el incremento real del costo de vida producido por el alza del precio de la gasolina, el paquetazo de Vizcarra.

6.-La transferencia de los colegios al sector privado vía la política de concesiones (Asociaciones Publico-Privadas) representa un serio golpe contra la educación pública en el Perú. Gracias a este proyecto diseñado mediante el Dec. Leg. 1012 del año 2008 el gobierno cederá el patrimonio físico a empresas privadas que se encargaran de su mantenimiento, remodelación y administración trasladando sus costos operacionales a los padres de familia, a quien se le cargara en sus hombros el pago por el “servicio educativo” En otros sectores (telecomunicaciones, centrales hidroeléctricas, etc.) el gobierno ya aplica esta política que se extiende también al sector educación.

7.-Los directores no pueden prohibir el derecho a la reunión e información en sus centro educativos. Aquel jerárquico que prohíba las reuniones del magisterio en huelga, o intimida a sus profesores, sacando la prensa sindical de los periódicos murales o bajo amenaza verbal debe ser denunciado por los afectados. Los derechos a la reunión e información se encuentran consagrados en la Constitución Política, no pueden ser recortados o desnaturalizados por normas (directivas, reglamentos, etc.) de menor jerarquía dictados por las UGELs.

La HNI depende de la organización de nuestras bases, de la articulación de nuestra lucha con los padres de familia. El gobierno ha desatado una poderosa guerra psicológica alentando el miedo para paralizar al magisterio peruano en su justa lucha. La dignidad del magisterio peruano no puede estar por debajo de las amenazas del régimen vendepatria y hambreador.  

NO SOMOS UNO, NO SOMOS DOS, AHORA SOMOS TODOS A UNA SOLA VOZ.
VIVA LA HNI DEL 2018

Lima, 24 de junio del 2018.
SUTE LIMA METROPOLITANA


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