viernes, 19 de octubre de 2018

ABAJO EL PLAN DE DESCABEZAMIENTO SINDICAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CONTRA NUESTRO COMPAÑERO EDGAR TELLO MONTES SECRETARIO GENERAL DEL SUTE LIMA


PRONUNCIAMIENTO

ABAJO EL PLAN DE DESCABEZAMIENTO SINDICAL DEL MINEDU

No exageramos cuando decimos que para privatizar la educación pública hay que implementar una política de tierra arrasada en el terreno laboral.  La privatización de la educación pública y el desmontaje de los derechos laborales son las dos caras de una sola moneda. Eso ocurrió en Chile. Tras la caída de Allende,  José Piñera, entonces Ministro de Pinochet, no dudó en aplicar  la política de reforma laboral neoliberal, el que incluían masivos despidos de trabajadores, la prohibición de la actividad sindical, la conculcación de la negociación colectiva, la prisión y destierro para dirigentes sindicales, etc. Bajo otras condiciones, este plan antilaboral y antisindical, contrarios a los presupuestos jurídicos reconocidos en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos,   viene aplicándose en  nuestro país contra los dirigentes que encabezaron la HUELGA NACIONAL INDEFINIDA - HNI del 2017 y 2018.  

Es el caso del Cc. EDGAR TELLO MONTES, Secretario General del SUTE LIMA. El plan del MINEDU y del régimen vendepatria contra el cc. Tello es destituirlo, despedirlo, arrojándolo a la calle. Para ello le Instauraron Proceso Administrativo Disciplinario por la HNI 2017,  procedimiento que aún no tiene pronunciamiento sobre el fondo, encontrándose pendiente de resolver la  apelación interpuesta ante  el  Tribunal del Servicio Civil SERVIR. Es decir, no hay a la fecha pronunciamiento final del SERVIR y  como un resorte,  la UGEL 01 ha resuelto abrirle  otro PAD (Proceso Administrativo Disciplinario), vulnerando un Principio regulador de la Potestad Sancionadora del Estado, esto es el Principio de  Continuidad de Infracciones  (Ver art. 246. Inc. 7.a del TUO Ley 27444). Después, de que vale la ley cuando se trata de atropellar los derechos de los trabajadores. El neoliberalismo es contrario a todo orden jurídico que enarbole derechos y libertades. Lo suyo es la fuerza, el abuso de poder, la opresión de clase.

Este principio señala de manera taxativa que mientras se encuentre en trámite un recurso impugnativo (apelación o reconsideración):   "Las entidades, bajo sanción de nulidad, no podrán atribuir el supuesto de continuidad y/o la imposición de la sanción respectiva, en los siguientes casos: a) Cuando se encuentre en trámite un recurso administrativo interpuesto dentro del plazo contra el acto administrativo mediante el cual se impuso la última sanción administrativa".

La decisión de la UGEL 01  instaurarle PAD  al cc. Tello no solo es ilegal y arbitraria como se desliza del propio texto legal arriba invocado, sino revela decisión política del actual régimen de descabezar a la dirigencia sindical, crear tierra arrasada en el terreno laboral, el mismo plan pinochestista impuesto en Chile por Piñera que desde el magisterio rechazamos. La lucha continúa.
Lima, octubre del 2018.

LA HUELGA NO ES DELITO, ES UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL.
ABAJO LOS PAD  PRO DESPIDO DE MAESTROS.

COMITÉ EJECUTIVO REGIONAL







2 comentarios:

  1. Lo que hacen con el maestro Edgar Tello, es una muestra de lo que pueden hacer con todos los docentes que haciendo uso de un derecho constitucional, lejos de ser escuchados, somos reprimidos. Es eso democrático? Son democraticas las autoridades? Son tan miopes que no se dan cuenta que están polarizando más la situación social.

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  2. Desde Bolivia y el mundo nuestra solidaridad con los dirigentes de las Bases Regionales del SUTEP, en particular con el Profesor Edgar Tello y demás procesados injustamente

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